Consulte nuestras noticias ...
(0 votos)

La Delegación Territorial de Sevilla de Educación crea ALARMA SOCIAL con los emplazamientos ante los Tribunales de Justicia en materia de escolarización

Como abogado especialista en temas de escolarización, todos los años me encuentro con cientos de llamadas de padres que han sido notificados por la Delegación Territorial de Sevilla  de Educación para que se personen ante los Tribunales de Justicia. El primer pensamiento que les viene a la cabeza es que han sido denunciados, y en el 99 % de los casos dicho pensamiento

está mas que alejado de la realidad.

Como regla general nos podemos encontrar con dos casos:

El primero sería, que nos emplazan para que nos personemos ante la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla. Dicho órgano judicial es competente para conocer los casos de escolarización cuando la Delegación Territorial de Sevilla ha estimado la Reclamación o Recurso de Alzada interpuesto por padres afectados, y como consecuencia de dicha estimación se ha producido un cambio en las listas de admitidos del Centro en cuestión, y  a algún alumno/a, les han sido retirados puntos de la baremación que ha supuesto la expulsión del Centro elegido por sus padres. Si los padres no están de acuerdo con la Resolución de la Delegación Territorial de Educación, pueden acudir a la vía judicial discutiendo la incorrecta privación de puntos realizada por la Junta, en cuyo caso será el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía quien conozca de dicho asunto. Centrado la cuestión, en dicho pleito se va a discutir, si la privación de puntos realizadas es correcta o incorrecta, por lo que el afectado, en su caso, podría ser el alumno/a que entró por el expulsado/a del Centro. Sin embargo la Delegación Territorial de Sevilla emplaza por sistema a TODOS LOS MENORES que participaron en ese concreto proceso de escolarización, a los cuales para nada les afecta lo que ocurra en dicho pleito.

Dicho de forma práctica y a título de ejemplo, en los Colegios Portaceli, Padres Blancos o Claret de Sevilla, todos los años se ofertan 125 plazas para TRES AÑOS, si un menor que previamente había sido admitido por el Centro, después es expulsado del mismo como consecuencia de las Reclamaciones interpuestas por otros padres, y discute en vía judicial la expulsión de Centro, la Junta de Andalucía, emplaza a los 125 alumnos admitidos en el Centro e incluso a los no admitidos, generando obviamente una ALARMA SOCIAL, ya que reiteramos lo primero que piensan los padres cuando reciben el correo certificado de la Junta es que los han denunciado ante los Tribunales de Justicia,  tratando injustamente a los padres que han acudido a la vía judicial para defender el caso de su hijo que ha sido expulsado del Centro, ya que en el emplazamiento que se les hace aparece el nombre de los mismos. A mayor abundamiento, se genera a los padres un gasto innecesario, ya que para poder saber si dicho pleito les afecta o no, necesitan la intervención preceptiva de un Procurador y un Abogado. Por lo tanto, mediante este escrito, ruego a los señores responsables de la Delegación Territorial de Sevilla, que sean más rigurosos en los emplazamientos que se hacen, y que no se realicen de forma masiva, creando, reitero, ALARMA SOCIAL, e informado, aunque sea con brevedad, del objeto del pleito, que es de sobras conocido por la Administración.

 

El segundo caso sería, que nos emplazan para que nos personemos ante un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo. Este órgano judicial es competente en aquellos casos que la Delegación Territorial de Sevilla no ha estimado la Reclamación o Recurso de Alzada planteada por los padres, y éstos acuden a la vía judicial. El caso más generalizado, es el de aquellos padres que denuncian a otros al considerar que han faltado a la verdad en sus solicitudes, obteniendo puntos que no les correspondían, y la Junta de Andalucía no ha estimado dicha impugnación. De nuevo en este caso la Delegación Territorial de Sevilla, de forma indiscriminada emplaza a todos los alumnos que han participado en dicho proceso de escolarización.

Remitiéndonos al caso de antes, pongamos el ejemplo, de que unos padres que estaban en la lista de no admitidos del Portaceli, Padres Blanco o Claret, y que se han quedado en tercer lugar de dicha lista, han denunciado a 6 alumnos/as que consideran que sus padres en la solicitud de escolarización  han faltado a la verdad, supongamos que la Junta ha detectado dos casos de fraude, por lo que los padres denunciantes se han quedado los primeros en la lista de no admitidos, y considerando que hay cuatro casos mas de fraude no detectados por la Junta, deciden acudir a la vía judicial al no haber estimado la Junta en su totalidad su Reclamación. En este caso, la Junta de Andalucía debería emplazar a esos cuatro alumnos que van a ser denunciados en vía judicial, y no de nuevo indiscriminadamente emplazar a los 125 alumnos del Centro más lo que se han quedado fuera. Y la explicación es muy fácil, en la vía judicial solo se puede revisar lo realizado en vía administrativa, y esos padres que han acudido a la vía judicial sólo pueden seguir persiguiendo a los que denunciaron en vía administrativa, no pudiendo meter al resto de alumnos/as en dicho proceso judicial.

 

En definitiva, y lo digo como consejo a los padres que lean este artículo, en el primer caso expuesto, yo me olvidaría de dicho emplazamiento, ya que en dicho pleito, en su caso tan sólo se vería afectado el alumno/a que entró por el expulsado/a, pero incluso en ese caso tampoco me preocuparía, ya que de ganar el pleito el/la menor que había sido expulsado/a por la Junta, y el Tribunal restituyera los puntos retirados por la Administración y dicho menor pudiera de nuevo entrar en el Centro elegido por sus padres, en los más de 15 años que llevo de experiencia, nunca he visto que se expulse al/la menor que entro en su lugar.

Con respecto al segundo caso expuesto, yo me preocuparía si había sido denunciado en vía administrativa, y esos padres son perfectamente conocedores ya que la Junta les notificó que había sido denunciados. En este caso, si nos llega un emplazamiento para acudir al Juzgado, si tendría la precaución de personarme, y ver que es lo que se dice en vía judicial sobre mi caso, pero sólo en dicha situación.

 

 

Espero que estas lineas haya servido para aclarar los emplazamientos INDISCRIMINADOS QUE HACE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE SEVILLA DE EDUCACIÓN en materia de ESCOLARIZACIÓN, y además ésta toma nota, y hace los mismos con un poco mas de rigurosidad, no creando la ALARMA SOCIAL, que hasta fecha presente crea todos los años.

 

Fdo: Jose María Ruiz Bobillo

Visto 3280 veces Modificado por última vez en Lunes, 19 Febrero 2018 17:34